Actualización de la prestación dineraria por incapacidad laboral temporaria causada por riesgos del trabajo luego del cese de la relación laboral

Autor:  Ackerman, Mario E.

Cita: RC D 374/2021

Tomo: 2021 2 Año 2021-2

Revista de Derecho Laboral Actualidad

Encabezado:

Las prestaciones por Incapacidad Laboral Temporaria no están condicionadas por el mantenimiento del vínculo laboral. De hecho, no es necesario siquiera que la primera manifestación invalidante se haya manifestado antes de la extinción del vínculo. Sin embargo, la cuestión práctica que necesariamente se plantea a partir de ello es cómo actualizar las prestaciones dinerarias por la situación de Incapacidad Laboral Temporaria que se prolonga más allá de la terminación de la relación de trabajo, especialmente a partir de la vigencia de la corrección introducida por el art. 6 del Decreto 1694/2009.


Sumario:

A. Reglas vigentes antes de la entrada en vigencia del artículo 6to. del Decreto 1694/2009. B. El artículo 6to. del Decreto 1694/2009 y la Resolución MTESS 983/2010. C. La sustitución del artículo 32 de la Ley 24241 por las Leyes 27426 y 27609 y la sucesión de los distintos mecanismos para la determinación de los incrementos porcentuales.


Actualización de la prestación dineraria por incapacidad laboral temporaria causada por riesgos del trabajo luego del cese de la relación laboral

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