Legado de sumas de dinero en el Código Civil y Comercial

Autor:  Ferrer, Francisco Alberto Magin

Cita: RC D 860/2022

Encabezado:

El autor analiza la figura del legado de sumas de dinero, que es una variante de los legados de cosas fungibles, y, por lo tanto, una especie de los legados de género, y sostiene que es atípico porque no está regulado expresamente, sino que se rige por el régimen de las obligaciones de dar dinero, por remisión del art. 2494, Código Civil y Comercial, con las modificaciones que puedan surgir del testamento y del sistema sucesorio. 


Legado de sumas de dinero en el Código Civil y Comercial

Esta obra se publica bajo una Licencia Creative Commons de Atribución – No Comercial – Sin Obra Derivada (by-nc-nd). Se permite el uso personal, la reproducción y puesta a disposición de terceros sin fines comerciales. Velando por el respeto de los derechos intelectuales, se deberá mencionar la autoría y a Rubinzal Culzoni Editores en todos los casos. No se permite la generación de obras derivadas. Para acceder a más obras de acceso libre, ingrese en www.rubinzalonline.com.ar